En su libro Los pueblos indios de México hoy, Carlos Montemayor dice que es tiempo de recomponer los errores constitucionalistas de 1824, que partió de la ficción de que no existían los pueblos indios y todos éramos iguales frente a la ley. Este día de la constitución es conveniente detenerse brevemente ante este instrumento del derecho civil.
En 5 de Febrero de 1857 el Congreso Constituyente proclama y jura la nueva Constitución de la república, que duraría sesenta años vigente. Al triunfo de la revolución, Venustiano Carranza promulga el 5 de febrero de 1917 la nueva Constitución Política de México, reformando y modernizando la juarista, y más aún, la constituyente de 1824. A partir de entonces, la Constitución se ha reformado continuamente, adecuándose a las necesidades de un mundo siempre cambiante. Destacan las reformas de género y educación, la de los derechos ciudadanos. Quienes la conocen dicen que es una buena constitución, pero los mexicanos hemos visto, a través de las generaciones, que su aplicación ha estado sujeta a contingencias y desviaciones de la ley en donde no siempre manda la justicia.
Por eso la Constitución mexicana es, en todo caso, promesa y destino de los mexicanos. El desaparecido indio ha ido apareciendo paulatinamente en las leyes, y es posible pensar en unas reformas constitucionales que los consideren y pongan en la ley, con la autonomía política dentro de sus comunidades, la legalidad de su existencia singular y distinta, que ya no es extraña en legislaciones como la canadiense o la propia oaxaqueña, aprobada con Diódoro Carrasco en su gubernatura y verdadero “laboratorio social”, a decir del historiador Carlos Montemayor, “que pone la pauta de comportamiento constitucional y político de los pueblos indios en todo el país.”
Montemayor, Carlos, Los pueblos indios de México hoy, primera edición, México, Planeta, 2000, 167 pp.
En 5 de Febrero de 1857 el Congreso Constituyente proclama y jura la nueva Constitución de la república, que duraría sesenta años vigente. Al triunfo de la revolución, Venustiano Carranza promulga el 5 de febrero de 1917 la nueva Constitución Política de México, reformando y modernizando la juarista, y más aún, la constituyente de 1824. A partir de entonces, la Constitución se ha reformado continuamente, adecuándose a las necesidades de un mundo siempre cambiante. Destacan las reformas de género y educación, la de los derechos ciudadanos. Quienes la conocen dicen que es una buena constitución, pero los mexicanos hemos visto, a través de las generaciones, que su aplicación ha estado sujeta a contingencias y desviaciones de la ley en donde no siempre manda la justicia.
Por eso la Constitución mexicana es, en todo caso, promesa y destino de los mexicanos. El desaparecido indio ha ido apareciendo paulatinamente en las leyes, y es posible pensar en unas reformas constitucionales que los consideren y pongan en la ley, con la autonomía política dentro de sus comunidades, la legalidad de su existencia singular y distinta, que ya no es extraña en legislaciones como la canadiense o la propia oaxaqueña, aprobada con Diódoro Carrasco en su gubernatura y verdadero “laboratorio social”, a decir del historiador Carlos Montemayor, “que pone la pauta de comportamiento constitucional y político de los pueblos indios en todo el país.”
Montemayor, Carlos, Los pueblos indios de México hoy, primera edición, México, Planeta, 2000, 167 pp.
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