sábado, 22 de enero de 2011

Municipio ¿libre?


El 22 de enero de 1917 los constituyentes de Querétaro aprueban el artículo 115 de la Carta Magna, que implanta el Municipio Libre, por un Ayuntamiento de elección popular, sin autoridad intermedia entre él y el gobierno estatal.

Durante muchos años he trabajado el tema municipal, he visitado muchos municipios de alta marginalidad con el objeto de hacerles páginas de Internet; al principio de este sexenio elaboré el texto para sitios web de cien municipios mexicanos de muy alta marginación de siete estados de la república, que no llegaron más allá de eso; hice una investigación de los 2,445 municipios y descubrí que 595 tenían una página municipales, de las que elaboré una ficha apreciativa. En fin, ha sido una experiencia ilustradora acercarse a esta instancia de gobierno y observar las ataduras que aún poseen como para declarar resuelta la aplicación del artículo 115 constitucional, pues en su mayoría los municipios marginales del país están amarrados a una estructura partidaria o bajo la égida de diputados o senadores u organizaciones políticas que manipulan o coartan a sus presidentes municipales. Y últimamente de narcotraficantes.

He visto municipios en donde gobiernan asesores de organizaciones alternas al municipio, como uno en la sierra norte de Puebla donde un joven ingeniero sin puesto oficial designaba las candidaturas de los ediles, a quienes mandaba con la autoridad de un jefe de obra: “don Prici, váyase por unas cocas…”; otros presidentes gobernados por el alcohol; otros más obnubilados por la codicia de unos cuantos centavos; algunos sin salario, otros más con salarios paupérrimos de tres mil pesos. Me ha tocado ver cabildos nominales pero inexistentes: “aquí el PAN no se sienta”; “que ni se aparezcan los del PRD”; “que cobren pero que no vengan”; alcaldes amenazados por poderes fácticos, por caciques poderosos, por compadres que ya no los podían ver ni en pintura.

Y bueno, he conocido también presidentes municipales inteligentes y honestos, con ganas de trabajar por sus pueblos pero siempre enfrentados a los poderes reaccionarios que se resultarían afectados con el progreso. Siempre temerosos de su enorme ignorancia, apocados frente al visitante de la ciudad, inseguros de las cuentas finales, nerviosos por aprobar la auditoria final del congreso estatal.

Entre las principales funciones de un presidente municipal está cumplir y hacer cumplir la Constitución Política de la República, la Constitución Política del Estado, la Ley Orgánica Municipal, los reglamentos municipales y las resoluciones del ayuntamiento, pero es francamente difícil que conozcan ninguna de ellas. Frecuentemente apenas saben leer, pero no acostumbran a hacerlo. Su puesto se lo han ganado en labores políticas de contención o acumulación, casi siempre de gente; han sido choferes y guardaespaldas incidentales, tapaderas de chanchullos, comparsas de alegatos ocasionales. No son políticos, son soldados de la causa, pero no tienen causa, sino compromisos, pero no están comprometidos con nada, sino amarrados con algo o con alguien. Por eso nunca he entendido la esencia del municipio libre del 115 constitucional, aunque en la carta magna suene muy importante.



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